Canal de denuncias
Terce implementa y opera el canal de denuncias de tu empresa sobre el Canal de Denuncias de Buk, en cumplimiento con la Ley Karin y con la ley de prevención de delitos económicos. No es solo un formulario: es un canal con recepción confidencial, un protocolo de investigación escrito y un rastro de cada paso, que es exactamente lo que se revisa cuando llega una denuncia de verdad.
¿Qué pide la Ley Karin?
Que la empresa tenga cómo recibir una denuncia de acoso o de violencia en el trabajo, cómo investigarla y cómo resolverla, y que todo eso esté escrito antes de que ocurra el primer caso. Un canal que existe pero que nadie sabe usar, o una investigación que se lleva por correo entre dos jefaturas, es incumplimiento igual.
Lo que la ley mueve no es el formulario: es la obligación de tener un procedimiento y de poder demostrar que se siguió.
¿Qué incluye el servicio?
- Canal de recepción confidencial, sobre el Canal de Denuncias de Buk, accesible para toda la dotación.
- Protocolo de investigación escrito, con los plazos y los responsables definidos de antemano.
- Trazabilidad de cada caso: qué se denunció, cuándo, quién lo tomó, qué se hizo y cómo terminó.
- Cobertura de la ley de prevención de delitos económicos, que exige un canal por razones distintas y se resuelve con el mismo.
¿Por qué no basta con un correo de denuncias?
Porque un correo no protege a nadie. No garantiza confidencialidad, no deja constancia de la fecha, no separa a quien recibe de quien es denunciado, y cuando el caso escala no hay forma de mostrar qué se hizo en cada momento.
La empresa que llega a una denuncia sin canal y sin protocolo no discute los hechos: discute por qué no tenía procedimiento.
¿Quién investiga las denuncias?
La investigación es una responsabilidad de la empresa, y ahí es donde un tercero ayuda más: alguien que no está en la línea de mando del denunciado ni del denunciante. Terce deja el procedimiento montado, opera el canal y acompaña el proceso. Las decisiones sobre las personas siguen siendo de la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Sirve para una empresa chica?
La obligación no depende del tamaño. Lo que cambia con el tamaño es cuánto duele improvisar: en una empresa chica el denunciado suele estar a un escritorio del denunciante, y sin canal formal la denuncia simplemente no ocurre.
¿El denunciante queda expuesto?
No. La recepción es confidencial y el canal separa a quien recibe de la línea de jefaturas. Esa separación es la razón de ser del canal, no una opción de configuración.
¿Cubre también la ley de delitos económicos?
Sí. Son dos obligaciones distintas que piden lo mismo: una vía para denunciar y un procedimiento para lo que sigue. Se implementa una vez y sirve para las dos.
¿Qué pasa si ya tuvimos una denuncia y la llevamos mal?
Se revisa el caso, se deja el procedimiento escrito y se documenta desde donde se pueda. No se puede reescribir lo que ya pasó, pero sí se puede dejar de repetirlo.
